El Supremo admite a trámite el recurso para frenar las altas en el censo por la Ley de Nietos
El Alto Tribunal abre una pieza separada de medidas cautelares y da diez días a la Junta Electoral Central para pronunciarse sobre la suspensión urgente que reclama Iustitia Europa.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el partido Iustitia Europa, que pedía paralizar de urgencia las altas de los acogidos a la Ley de Nietos en el Censo Electoral de Residentes en el Extranjero (CERA). Según una diligencia de ordenación a la que ha tenido acceso Libertad Digital, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha decidido formar una pieza separada de medidas cautelares para estudiar la petición.
Una ley con recorrido
La Ley de Nietos fue impulsada en 2022 por el Ministerio de Memoria Democrática, entonces al frente de Ángel Víctor Torres, y permite votar a nietos de españoles que nunca han pisado España. La mayoría de los beneficiarios reside en países como México, Cuba o Argentina, y su aplicación ha disparado el censo exterior con cerca de 600.000 nuevos votantes previstos de cara a 2027, según recogió este diario semanas atrás.
El recurso, presentado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, pide al Alto Tribunal que paralice de forma urgente las altas en el CERA de aquellas personas que hayan accedido a la nacionalidad española mediante la presunción de exilio o mediante interpretaciones que, a juicio de Iustitia Europa, carecen de amparo legal, siempre que no dispongan de prueba documental individualizada de la causa alegada. En la práctica, se trata de todos aquellos que se hayan acogido a la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida popularmente como Ley de Nietos.
Efectos irreversibles en la configuración de la voluntad nacional
El partido no se limita a pedir la paralización de nuevas altas. También insta al órgano judicial a ordenar a la Oficina del Censo Electoral (OCE) que identifique, marque y separe en sus bases de datos a quienes se hayan inscrito por esa vía sin acreditación individualizada del exilio, con el argumento de que esa trazabilidad permitiría una eventual depuración posterior sin afectar al resto del censo. Además, reclama un desglose mensual de las altas producidas desde la aprobación de la norma, con el motivo alegado por cada inscrito y la documentación aportada.
La JEC, en el centro
La decisión del Supremo llega después de que el propio recurso invocara hasta dos denuncias ya presentadas ante la Junta Electoral Central por la supuesta manipulación del censo electoral a través del voto CERA, es decir, el voto de los residentes en el extranjero. Ahora es precisamente la JEC la que queda emplazada: el Supremo le ha concedido audiencia y le da un plazo de diez días para pronunciarse sobre la suspensión cautelar solicitada por Iustitia Europa en su escrito de interposición.
El argumento central del recurso es que las altas masivas amparadas en la Ley de Nietos están produciendo, en palabras de la formación, efectos irreversibles en la configuración de la voluntad nacional, en referencia al peso creciente del voto exterior en el resultado de futuros comicios.
El trámite abierto por el Supremo no implica, por el momento, ninguna suspensión efectiva de las altas en el CERA: la pieza separada de medidas cautelares sirve para que el tribunal recabe la posición de la Junta Electoral Central antes de resolver sobre la petición urgente. Habrá que esperar a que la JEC responda dentro del plazo fijado para saber si el Alto Tribunal decide frenar, aunque sea de forma provisional, las inscripciones ligadas a la norma impulsada en 2022.
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