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Iustitia Europa pide al Supremo que mantenga la suspensión de la 'ley de nietos'

El partido presenta su oposición al recurso de la Abogacía del Estado y sostiene que los propios documentos aportados por el Gobierno demuestran la falta de trazabilidad del censo electoral derivado de la ley de memoria democrática.

Iustitia Europa pide al Supremo que mantenga la suspensión de la 'ley de nietos'
Imagen: ABC

La formación política Iustitia Europa ha presentado ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo su oposición al recurso de la Abogacía del Estado contra el auto que suspendió cautelarmente el censo electoral derivado de la llamada ley de nietos. El partido pide a los magistrados que desestimen las alegaciones del Estado y confirmen la paralización de las altas censales mientras se aclara el procedimiento, según el escrito al que ha tenido acceso ABC.

El argumento que se vuelve en contra

En su escrito, Iustitia Europa sostiene que la propia Abogacía del Estado reconoce, en los documentos que aporta para pedir el levantamiento de la suspensión, que ni el Registro de Matrícula Consular ni el Censo Electoral de Residentes Ausentes permiten identificar automáticamente por qué vía se adquirió la nacionalidad de cada inscrito, y que resulta necesario revisar expediente por expediente para establecer esa diferenciación. El partido subraya que entre esos documentos figura la necesidad de repasar 168.896 expedientes en uno de los grupos analizados, con las dificultades técnicas que ello implica para reconstruir la cadena entre nacionalidad, registro consular y alta electoral.

A juicio de la formación, esos mismos datos que el Estado presenta para respaldar su recurso terminan reforzando el fundamento de las cautelares que pretende revertir.

La paradoja es evidente: se recurre el auto aportando documentos que terminan demostrando la dificultad de saber, dentro del propio sistema, de dónde procede cada alta

Así lo resume el letrado Luis María Pardo, autor del escrito de oposición, que añade que eso es precisamente trazabilidad y precisamente lo que el partido lleva meses reclamando. Pardo recuerda además que la propia Junta Electoral Central había admitido que la información remitida por la Oficina del Censo Electoral no permitía pronunciarse con claridad sobre la corrección jurídica del procedimiento de actualización del censo de residentes ausentes ni sobre determinados criterios de adscripción municipal.

Nacionalidad y censo, cuestiones distintas

El escrito insiste en un punto que Iustitia Europa considera clave para el recurso: a diferencia de lo que sostiene la Abogacía del Estado, el partido no está cuestionando las nacionalizaciones concedidas al amparo de la ley de memoria democrática. La Abogacía del Estado tiene que combatir lo que Iustitia ha planteado en este procedimiento, no atribuirnos las pretensiones de otro partido en otro recurso, señala Pardo, en referencia a Vox, que mantiene un litigio paralelo sobre la misma materia.

La formación defiende que la adquisición de la nacionalidad no determina por sí sola el ejercicio del derecho de voto, que exige cumplir los requisitos de la legislación electoral y contar con la correspondiente inscripción censal. Aquí no estamos pidiendo que se anulen nacionalidades, sostiene Pardo. Estamos hablando de cómo se forma el censo electoral, cómo se acredita cada alta, a qué circunscripción se adscribe y qué controles existen para poder verificarla. Son, insiste, cuestiones distintas que el propio ordenamiento trata de forma diferenciada.

El partido también niega que el procedimiento equivalga a un juicio de constitucionalidad sobre la ley de memoria democrática. Su posición se limita a determinar si la Instrucción de 25 de octubre de 2022, firmada por Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, respetó los límites de la ley que venía a interpretar o si introdujo contenido no previsto por el legislador, una cuestión que Iustitia sitúa en el ámbito de la legalidad ordinaria, la jerarquía normativa y el control de la actuación administrativa.

Qué queda por resolver

Sobre los ciudadanos que puedan verse afectados por la suspensión, el escrito recuerda que se trata de una pieza cautelar y no de la sentencia sobre el fondo: el auto recurrido no anula nacionalidades ni resuelve de forma definitiva la situación jurídica de nadie, solo congela las altas censales hasta que la Sala Tercera se pronuncie. La pelota queda ahora en manos de los magistrados, que deberán decidir si la suspensión cautelar se mantiene mientras se dirime, expediente por expediente, un lío que ni el propio Estado parece capaz de trazar del todo.

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