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Política

Qué dice exactamente el decreto de regularización y a quién afecta

El real decreto de regularización extraordinaria abrió la puerta a los papeles para cientos de miles de personas ya residentes en España. Repasamos, punto por punto, sus requisitos, sus plazos y sus excepciones.

Qué dice exactamente el decreto de regularización y a quién afecta
Imagen: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; BOE; Maldita.es

El Consejo de Ministros aprobó el 14 de abril de 2026 un real decreto de regularización administrativa extraordinaria dirigido a personas extranjeras que ya viven en España en situación irregular. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 15 de abril, con la referencia BOE-A-2026-8284, y entró en vigor el día 16, cuando también se abrió el plazo para presentar solicitudes. Se trata, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, del mayor proceso de este tipo desde la normalización de 2005.

El decreto no nació en un despacho ministerial, sino de una iniciativa legislativa popular. La impulsaron la asociación Por Un Mundo Más Justo y la Fundación por la Ciudadanía Global, que reunieron más de 700.000 firmas y llevaron el texto al Congreso de los Diputados en abril de 2024. La Cámara lo admitió a trámite con un respaldo muy amplio y encargó al Gobierno articular la medida por la vía reglamentaria.

La primera pregunta que se hace cualquier lector es a quién beneficia. La regularización se dirige a quienes se encontraban en España en situación irregular antes del 31 de diciembre de 2025 y pueden acreditar una permanencia continuada en el territorio de, como mínimo, cinco meses en el momento de presentar la solicitud. No basta con estar de paso: la norma exige arraigo real y demostrable.

A ese requisito de estancia se suma otro de carácter penal. El solicitante debe carecer de antecedentes en España, en su país de origen y en los países donde haya residido durante los cinco años anteriores, y no puede suponer una amenaza para el orden público. Además, tiene que encajar en al menos uno de tres supuestos: haber trabajado en España con contrato legal por cuenta ajena o propia, formar una unidad familiar con hijos menores, personas con discapacidad o ascendientes de primer grado, o acreditar una situación de vulnerabilidad.

El decreto contempla también a colectivos que a menudo quedan fuera de estos procesos. Los menores a cargo de las personas en situación irregular entran en la medida, igual que los solicitantes de protección internacional que hubieran presentado su petición antes del 31 de diciembre de 2025. La idea, según el ministerio, es evitar que la irregularidad se herede o se cronifique en las familias.

Quien cumple los requisitos obtiene una autorización de residencia con una duración inicial de un año, ampliable a cinco en el caso de los menores de edad. Esa autorización habilita para trabajar desde el momento en que la solicitud es admitida a trámite, un detalle relevante porque permite regularizar también la vida laboral y salir de la economía sumergida sin esperar a la resolución definitiva.

El plazo para solicitarlo se fijó hasta el 30 de junio de 2026. El Gobierno calculaba, en palabras de la ministra Elma Saiz, que la medida podría beneficiar a unas 500.000 personas. La respuesta desbordó esa previsión: según los datos recogidos por Maldita.es, la Administración registró 1.174.978 solicitudes, más del doble de lo estimado, lo que anticipa una tramitación larga y una presión considerable sobre las oficinas de extranjería.

No todo el mundo tramita por esta vía. Quedan excluidas del decreto las personas ucranianas acogidas al mecanismo de protección temporal y los solicitantes del estatuto de apátrida, que cuentan con procedimientos específicos y diferenciados. Tampoco sustituye a las figuras ordinarias de arraigo, que siguen vigentes para quien no encaje en el proceso extraordinario.

Conviene recordar que una regularización no es una amnistía automática ni un reparto de nacionalidades. Es un permiso de residencia y trabajo sujeto a condiciones, con caducidad y con renovación posterior por los cauces habituales. Para las dudas concretas, el Ministerio de Inclusión habilitó información oficial sobre requisitos y documentación, y organizaciones como CEAR publicaron guías de acompañamiento para quienes reúnen los requisitos.

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