Qué se investiga exactamente en el caso Begoña Gómez
La causa que afecta a la esposa del presidente del Gobierno gira en torno a una cátedra universitaria, un software, la labor de una asesora de Moncloa y unos contratos empresariales. Un repaso a lo que el juez le atribuye y a lo que está por probar.
El llamado caso Begoña Gómez es una de las causas judiciales con mayor carga política de los últimos años en España. Afecta a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y se instruye en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, a cargo del magistrado Juan Carlos Peinado. Conviene, antes de entrar en el detalle, recordar que Begoña Gómez está amparada por la presunción de inocencia y que nada de lo investigado constituye por ahora una condena.
La investigación arrancó en abril de 2024 a raíz de una denuncia del sindicato Manos Limpias. Con el tiempo se han personado como acusaciones populares otras entidades y partidos, entre ellos Hazte Oír, Vox, Iustitia Europa y el Movimiento de Regeneración Política de España. La Fiscalía, en cambio, pidió el archivo de la denuncia inicial al considerar que no apreciaba indicios sólidos de delito.
El instructor le atribuye presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida. A esos tipos penales se sumaron después otras líneas de investigación. La causa se ha ido ramificando en distintas piezas a medida que el juez incorporaba nuevos elementos.
El primer eje es la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, que Begoña Gómez codirigía en la Universidad Complutense de Madrid, creada en 2020. El juez examina si esa cátedra se constituyó de forma irregular y si su promotora utilizó su posición como esposa del presidente para captar patrocinios y apoyos de grandes empresas.
El segundo eje es un software vinculado a esa actividad académica. La instrucción trata de determinar si Gómez se apropió indebidamente de una herramienta desarrollada en el ámbito universitario, con participación de empresas tecnológicas, registrándola después a su nombre a través de marcas, dominios y una sociedad mercantil. La defensa niega que existiera apropiación alguna.
El tercer eje es la labor de Cristina Álvarez, asesora adscrita a Moncloa. Según los informes incorporados a la causa, habría realizado gestiones privadas relacionadas con la cátedra durante su jornada como personal al servicio de la Presidencia, lo que el juez relaciona con un presunto uso indebido de recursos públicos. Álvarez también figura entre los procesados.
El cuarto eje afecta al empresario tecnológico Juan Carlos Barrabés. La investigación analiza si Gómez lo favoreció con cartas de recomendación y contactos institucionales que habrían beneficiado a sus empresas en concursos públicos y en el reparto de fondos, incluidos fondos europeos, un extremo en el que también ha intervenido la Fiscalía Europea.
El recorrido de la causa ha estado marcado por la controversia. La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido o anulado varias decisiones de Peinado a lo largo de la instrucción, y en la propia causa se ha discutido en distintos momentos la solidez de los indicios contra la investigada. Sus defensores hablan de una causa sin pruebas directas; sus acusadores, de una trama de aprovechamiento del cargo.
En junio de 2026 el juez acordó la apertura de juicio oral, que se celebrará ante un tribunal del jurado, e impuso a Gómez medidas cautelares como la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer periódicamente. La fecha del juicio, sin embargo, quedaba pendiente de señalamiento, de modo que la última palabra sobre lo que realmente ocurrió corresponderá a ese tribunal.
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